Se trata de una ayuda en régimen de concurrencia no competitiva, dirigida a compensar el sobrecoste energético de gas natural y/o electricidad, entre el 1 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, sufrido por pymes y personas trabajadoras autónomas especialmente afectadas por el excepcional incremento de los precios del gas natural y la electricidad provocados por el impacto de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.
Una pyme o persona trabajadora autónoma podrá ser beneficiaria de la ayuda cuando el porcentaje entre el importe de la facturación anual en electricidad con respecto a su cifra de negocios del mismo ejercicio, sea igual o superior a los porcentajes fijados según su CNAE, tal como se refleja en el Anexo I del Decreto-Ley 6/2023, de 11 de julio que regula estas subvenciones.
El importe mínimo del sobrecoste para que se conceda la subvención son 300 euros, siendo 2 millones de euros el máximo importe subvencionable
Es importante destacar que se trata de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, lo que significa que se van concediendo a medida que se van presentando y validando las solicitudes, hasta la finalización del plazo de presentación el 30 de septiembre de 2023 o hasta agotar los fondos asignados a esta convocatoria.
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